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sábado, 21 de marzo de 2015

¡Qué difícil es ser árbitro!

Ese empujón dentro del área. Si hubiese sido en el centro del campo, pitarían falta, seguro. Pero, pitar una cosa tan grave como un penalti por un empujoncito como ése... Los seguidores del empujador dirán que no es penalti. Los del empujado, que sí que lo es.
La justicia ordinaria tiene problemas parecidos, aunque los jueces tienen más tiempo para dictar sentencia que los árbitros. hace cuatro años, una muchedumbre rodeó el Parlament de Catalunya intentando impedir el acceso de los diputados. Por lo que vimos por la tele, calificar la presión que recibieron los parlamentarios como libertad de expresión me parece un eufemismo desafortunado.
Y llegó el juicio. El árbitro, perdón, el juez, decidió que meter en la cárcel a alguien por unos empujones era excesivo y decretó la absolución. Los partidarios de los empujados clamaron al cielo por la injusticia y se recurrió la sentencia (otra pequeña diferencia respecto al fútbol). El nuevo árbitro decidió que el empujón sí que era falta. Del mismo modo que el reglamento del fútbol dice que una falta dentro del área tiene mucho más castigo que una falta similar en el centro del campo, las leyes ordinarias dicen que dar una torta a un diputado tiene mucho más castigo que dársela a un perito agrónomo. Ahora los que claman al cielo son los partidarios de los empujadores.
Líbreme Dios de decidir quién tiene razón, ¡qué difícil es ser árbitro!

jueves, 24 de marzo de 2011

La sentencia sobre Sortu.

Imaginemos un partido de fútbol en el que uno de los contrincantes ataca continuamente, lanza seis balones a los postes, falla un penalti y al final gana 1 a 0 por un penalti que no era. La victoria de este equipo será merecida, pero injusta.
Con la sentencia de Sortu tengo una sensación parecida. Creo que sus dirigentes simpatizan con ETA y que no merecen estar en las instituciones; pero eso lo puedo pensar yo como ciudadano anónimo. Les jueces deben atenerse a lo que está escrito en las leyes y a las pruebas presentadas, en este caso los estatutos de la formación y las declaraciones públicas de sus dirigentes. Y, tanto los estatutos de Sortu como sus dirigentes, dicen estar en contra del terrorismo. La Ley de Partidos no exige, ni puede exigir, que lo hagan íntimamente convencidos.

viernes, 28 de marzo de 2008

Otra sentencia machista.

Leo que un juez obliga a una empresa, Ficotriad, a permitir a una trabajadora escoger el horario de trabajo para poder llevar y recoger a sus hijos del colegio. Leo también comentarios alborozados por el avance que supone esta sentencia para el reconocimiento de los derechos de las trabajadoras. La información que he encontrado, no hace referencia a la situación familiar de la trabajadora, y ahora puedo meter la pata, pero creo que una sentencia verdaderamente igualalitaria hubiese dicho: "Señora, su trabajo es tan importante como el del padre de los niños. Los padres pueden cuidar de los hijos tan bien como las madres. Será el padre quien se acoja a un horario que le permita acompañar a los niños al colegio". Como no ha sido así, no puedo dejar de pensar que esta sentencia se puede interpretar como la constatación de que, para el juez, el lugar de una mujer es su casa y, si se empeña en trabajar fuera, que lo haga ocasionando el menor perjuicio posible a las tareas para las que está destinada.